Cambio en la normativa de patinetes eléctricos

2 junio, 2024
Javier Gete

Para los VMP (Vehículos de Movilidad Personal) a partir de enero de 2024

En óptica de seguridad de los usuarios, tal y como argumenta la DGT, para verificar la calidad y el correcto funcionamiento de los VMP (Vehículos de Movilidad Personal), es obligatorio desde el pasado 22 de enero de 2024 que todos los patinetes eléctricos que se comercialicen puedan presentar un certificado de homologación, normativa que antes no era necesaria. Además se han cambiado también otros detalles en la normativa, como veremos a lo largo de este artículo.

VMP – Vehículo de Movilidad Personal

Para la DGT la definición de VMP es la siguiente: “es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionarle una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Además, solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de auto-equilibrado”.

Todos los VMP están sometidos a normativas nacionales y locales y los patinetes son uno de ellos y cuando son eléctricos podrían portar el distintivo “0” emisiones, aunque no es necesario que lo lleven por el momento porque la normativa no lo exige. Los patinetes pueden equipar baterías de hasta 100 VCC (voltios de corriente continua) y montar un cargador integrado en su diseño de hasta 240 VCA (voltios de corriente alterna) en la entrada de corriente.

Pocas Compañías de seguros garantizan actualmente pólizas de cobertura de los patinetes, si bien en todo caso conviene informarse adecuadamente al efecto.

Cambio en la normativa de patinetes eléctricos

Las restricciones de los patinetes eléctricos en el uso y transporte público

Desde 2023 se vienen endureciendo las normativas de uso y transporte de los patinetes eléctricos en el transporte público, con importantes restricciones debido al riesgo potencial de explosión e incendio de sus baterías de litio, sobre todo a partir del 4 /11/2023 que es la fecha de entrada en vigor de la nueva normativa, con ciertas diferencias en las grandes ciudades ya que normalmente se trata de normas de carácter local:

Barcelona: prohibido el acceso al transporte público con patinetes eléctricos en todo caso.
Bilbao y Valencia: se permite transportar los patinetes en el transporte público y en los intercambiadores.
Madrid: los VMP se pueden transportar sólo en los cercanías, plegados y asegurando no molestar a los viajeros. Está prohibido acceder con ellos a la red de Metro (incluidos los Metros Ligeros), los autobuses de la EMT, interurbanos y urbanos de otros municipios y a los intercambiadores (Avda. de América, Plaza de Castilla, Moncloa, Príncipe Pío y Plaza Elíptica), aunque en 2027 se ha prometido volver revisar toda esta normativa.
Sevilla: permitido el uso de los patinetes eléctricos en el transporte público durante los fines de semana en cualquier horario, y entre semana su uso se restringe en al caso de alta ocupación o en horas punta (de 7:30 a 9:30, de 13.30 a 15:30 y de 18:30 a 20:30).

Cambio en la normativa de patinetes eléctricos

A partir de enero 2024 se aplica la nueva normativa

Se trata de una primera tentativa que sobre todo pretende regular con más seguridad la venta de los VMP, y no se trata en ningún caso de un cambio especialmente profundo, ya que exige a partir de su fecha de entrada en vigor (22 de enero de 2024) la homologación de todos los VMP que se comercialicen es España, marcando una relación de los vehículos aprobados por esta nueva normativa en una lista que se puede consultar en la página web de la DGT.

Por supuesto a partir de esa fecha sólo estará permitido circular a los VMP que dispongan de certificado de homologación y deben ser identificados con una placa especial informativa diseñada al efecto.