Revisiones ITV: los nuevos plazos tras el confinamiento

9 junio, 2020
J. ROBREDO
La ley del embudo

La moratoria de las revisiones de la Inspección Técnica de Vehículos durante el estado de alarma a causa de la pandemia del coronavirus ha desatado una considerable polémica. Los plazos anunciados en el BOE (RD 537/2020) recogen los deseos de las empresas del sector, temerosas de que se produjera un colapso por exceso de afluencia tras el fin de la “desescalada”, pero no recogen el natural derecho de los usuarios a que no les recorten su duración por un tiempo en el que no han podido disfrutar de la normal movilidad de sus vehículos.

Para AECA-ITV (la patronal de las empresas del sector) se trata de una decisión acertada “para evitar una afluencia masiva de vehículos en las estaciones y, en consecuencia, el colapso del servicio”, mientras que para la OCU, FACUA y AEA se trata de una restricción del derecho de uso de los automovilistas, recortando un plazo en el que no han podido hacer un uso normal de sus coches y que vulnera las directrices de la UE.

El recorte es aún más dramático para los usuarios profesionales de furgonetas y camiones cuya ITV sólo tiene 6 meses de vigencia, y que supone un encarecimiento de la misma que sólo beneficia a las empresas inspectoras. La solución arbitrada por el ministerio de Industria y Transportes es la de dar un plazo adicional de 30 días tras el fin de las fases de la “desescalada”, con 15 días más naturales por cada semana transcurrida desde el 14 de marzo, fecha de entrada en vigor del estado de alarma, una dilación lógica para evitar el colapso de las inspecciones, puesto que desde la imposición del primer estado de alarma a mitad de marzo hasta el final de mayo se calculan en 5 millones los vehículos que habrán visto caducada su ITV, frente a una capacidad mensual de realizarlas (según la propia AECA) de 1,8 millones, o sea casi tres veces su capacidad, lo que impediría que se pudieran efectuar en el primer mes “post desescalada”.

Pero en perjuicio de los usuarios, esta moratoria no afecta a las ITV de 2021. Por tanto, la caducidad de la nueva inspección –recuerdan en AECA-ITV– “se asignará en función de la que ya tuviera el vehículo y que consta en la tarjeta de inspección, por lo que se recomienda a los usuarios que no la demoren”. Especialmente desde el pasado 18 de mayo cuando se autoriza la apertura de todos los centros de ITV en España, y no solo los de los territorios en Fase 1, bajo el requisito de acudir con cita previa (telefónica o por internet).

Pero el recorte en su duración se mantiene, ya que los periodos de gracia no computan a efectos de la renovación: si nuestro coche tenía como límite el 20 de abril y acudimos a pasar la ITV el 20 de junio, al año siguiente (o cuando corresponda), tendremos como límite la primera fecha y no la segunda. Lo que implica que los vehículos que hayan visto caducada su ITV durante el confinamiento experimentarán una reducción en el plazo de validez de la misma. Lo que no deja de ser absurdo dado que todos aquellos usuarios que tengan que pasar la ITV porque ya les haya caducado antes del confinamiento mantendrán el periodo de renovación «intacto», mientras que los que pasen la inspección caducada durante el estado de alarma verán cómo se reduce su plazo hasta la próxima revisión.

Igualmente, si la inspección del vehículo se realizó antes del estado de alarma con resultado desfavorable, el plazo de dos meses para pasar la segunda inspección queda en suspenso desde el 14 de marzo, por lo que su cómputo se reanudará a partir del 1 de junio, conforme al artículo 9 del RD 537/2020. Pero si hubiera pasado un mes antes de que el cómputo se paralizara, al usuario sólo le queda un mes desde el 1 de junio para pasar la segunda revisión, una vez reparados los fallos detectados.

No cabe duda de que se trata de un agravio comparativo, por lo que tanto la OCU, como Facua y asociaciones como AEA (Automovilistas Europeos Asociados) han denunciado esta situación. AEA ha anunciado que recurrirá ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo esta orden del Ministerio de Sanidad que además no es competente en esta jurisdicción, que corresponde a Transportes. Para mayor escarnio, la normativa europea recoge que en casos de excepcionalidad como éste las nuevas inspecciones mantienen vigente su duración establecida, tal y como ha hecho Alemania, donde las inspecciones de las TUV respetan los plazos originales pese a la moratoria por la pandemia. Vamos, que si el recurso prospera, la DGT se verá obligada a prolongar estas ITV bajo algún tipo de fórmula más o menos chapucera…

Medidas de desinfección en las ITV

En todo caso la actual reapertura de las ITV sigue condicionada a ciertas limitaciones; los centros serán diariamente desinfectados en todas sus instalaciones, la asistencia se reduce al 30% sobre el aforo existente, hay que mantener las distancias de seguridad entre las personas y mantener siempre puesta la mascarilla, se generaliza el uso de guantes y gel hidroalcóholico entre el personal, y se establece la obligatoriedad de la cita previa con reserva de hora para evitar aglomeraciones.

La inspección interior del vehículo se reduce al mínimo con el inspector situado en el exterior del vehículo, sin acceder al habitáculo o puesto de conducción y el conductor deberá seguir las instrucciones del inspector, en especial sus indicaciones sobre estado de testigos de funcionamiento en el cuadro de indicadores, accionamiento de frenos o acelerador, encendido y/o apagado del motor, así como al montaje o desmontaje de elementos no fijos (como los sistemas de retención infantil).

La normativa no fija ningún trato diferenciador entre vehículos, sólo la cita previa concertada, ya sean particulares, profesionales, taxis o vehículos medicalizados (ambulancias). En cuanto al pago de la ITV podrá hacerse en efectivo, aunque desde AECA se recomienda el pago con tarjeta.

Nuevas prórrogas para pasar la ITV

Calendario de plazos de prórroga de las ITV caducadas durante el estado de alarma, según la fecha de caducidad de la misma:

Del 14 a 20 de marzo: 45 días.
Del 21 a 27 de marzo: 60 días.
Del 28 de marzo a 3 de abril: 75 días.
Del 4 al 10 de abril: 90 días.
Del 11 al 17 de abril: 105 días.
Del 18 al 24 de abril: 120 días.
Del 25 de abril al 1 de mayo: 135 días.
Del 2 al 8 de mayo: 150 días.
Del 9 al 15 de mayo: 165 días.
Del 16 al 22 de mayo: 180 días.
Del 23 al 19 de mayo: 195 días.
Del 20 de mayo al 5 de junio: 210 días.
Del 6 al 12 de junio: 225 días.
Del 13 al 19 de junio: 240 días
Del 20 al fin del estado de alarma: 255 días