Madrid Central: restricciones a partir del 30 de noviembre

23 noviembre, 2018
J. ROBREDO
Limitará la movilidad automovilística

El Ayuntamiento de la capital de España pondrá en marcha a partir del próximo 30 de noviembre de 2018 Madrid Central, el plan general de limitación del tráfico a los vehículos particulares que cambiará la vida de los ciudadanos que vivan o visiten la almendra central de la ciudad.

Esta controvertida reforma del tráfico en la ciudad limitará drásticamente la movilidad automovilística de los madrileños, entrando en vigor una semana más tarde de lo previsto inicialmente (tenía que haber entrado hoy en vigor). Si bien, el recurso presentado por la Comunidad de Madrid en el Tribunal Supremo de Justicia de Madrid, podría retrasar aún más su aplicación. Además, la Comunidad ha presentado hoy mismo un segundo recurso contencioso-administrativo contra el proyecto de Calidad del Aire porque el Ayuntamiento habría realizado «una tramitación administrativa, en lugar de una tramitación normativa, lo que ha obligado a posponer temporalmente el nuevo protocolo por alta contaminación (supuestamente tenía que haber entrado en vigor el pasado día 8 de octubre) porque no había sido remitido a la Consejería de Medio Ambiente.

La nueva medida que persigue sacar a los coches más contaminantes del centro de la capital, se conoce como Madrid Central, la cual creará una enorme zona de nada menos que 472 hectáreas en la que, según cálculos del consistorio, se reducirán hasta un 40% las emisiones de dióxido de nitrógeno (NO2). A pesar de las protestas de comerciantes, residentes, padres que llevan a sus hijos al Colegio de las zonas restringidas, etc, que han pedido una entrada más progresiva de esta reforma, y aplazarla al menos hasta enero del próximo año, el ayuntamiento insiste en aplicarla en la fecha anunciada, como lo ha ratificado la concejal Inés Sabanés.

La nueva área de restricción al tráfico afecta a casi todo el distrito centro, incluyendo las 4 zonas actuales de prioridad residencial (Barrio de las Letras, Cortes, Embajadores y Ópera) que ya contaban desde hace años con limitaciones en los accesos. A ellas se sumarán también los barrios de Universidad, Justicia y Sol, formando un gran perímetro de bajas emisiones. Las restricciones de acceso y aparcamiento afectarán a todas las calles del interior del perímetro a excepción, únicamente, de algunos tramos de las calles Santa Cruz de Marcenado, Mártires de Alcalá, Ventura Rodríguez, Duque de Liria, Gran Vía de San Francisco, Bailén, Algeciras y Cuesta Ramón, que por necesidades de ordenación de la circulación se mantendrán abiertas, permitiéndose también circular por las calles que delimitan el perímetro.

Los residentes empadronados en la gran Area de Prioridad Residencial (APR) podrán circular por todo el área de Madrid Central, independientemente del tipo de vehículo que tengan. También podrán aparcar en su barrio, como hasta ahora y podrán solicitar 20 invitaciones al mes para otros vehículos de cualquier tipo, aunque estos sólo podrán aparcar en zona SER por un máximo de dos horas. A partir del 1 de enero de 2025 los coches más viejos, los que no tienen etiqueta, no podrán acceder.

Restricciones para los no residentes

En cuanto a los vehículos de los no residentes en la zona de Madrid Central, las restricciones de acceso varían en función de las etiquetas ambientales de la DGT. Los vehículos con etiqueta “Cero” o “ECO” podrán circular libremente por todo el área de Madrid Central y estacionar en la zona SER (aunque los vehículos ECO sólo podrán hacerlo por un máximo de dos horas). Los vehículos con etiqueta B o C no tienen permitido el acceso ni el aparcamiento en la zona SER; sólo se les permite entrar si es para aparcar en un parking público o garaje privado, o porque algún residente de la zona haya solicitado permiso para su acceso. Y los vehículos sin etiqueta (los que por su antigüedad no pueden obtener al distintivo ambiental de la DGT) no podrán acceder ni aparcar en Madrid Central, ni siquiera en un aparcamiento público, y solo podrán acceder a los talleres de reparación hasta el 31 de diciembre de 2019.

Los problemas de identificación y control de vehículos se anuncian muy difíciles y complicados, a lo que hay que añadir las excepciones (como las de los coches con tarjeta PMR -personas con movilidad reducida-, que podrán acceder con cualquier vehículo, independientemente de su etiqueta, pero tienen que notificar antes la matrícula al Ayuntamiento). O las de los taxis y VTC, que podrán acceder siempre que tengan algún tipo de etiqueta ambiental, aunque los VTC con etiquetas B o C tendrán que solicitar previamente el alta. Y a partir de 2025 sólo podrán acceder los taxis o VTC con etiqueta Cero o Eco.

También entran en las excepciones vehículos especiales como los de empresas y profesionales, servicios públicos, obras, coches fúnebres, etc… Excepciones que hay que consultar en una página “web” del ayuntamiento, y que supondrán una nueva carga burocrática a los usuarios. Respecto a las motos y ciclomotores, las de los residentes empadronados y las que tengan etiqueta Cero o Eco podrán circular y aparcar en cualquier caso, pero las que tengan etiqueta B o C sólo entre las 7.00 de la mañana y las 22.00 de la noche…

Evidentemente esta reforma va a ser una fuente inacabable de problemas con sus consiguientes multas y sanciones. Los residentes en la zona restringida que posean una plaza de garaje podrán acceder a ella con cualquier coche, pero a partir del 1 de enero de 2020 tendrán que tener la etiqueta ambiental obligatoriamente, que oficialmente no es obligatorio exhibir hasta el mes de abril de 2019, pero que el ayuntamiento ya “recomienda” pegar en el parabrisas (al precio de 5€ en las oficinas de correos y talleres).

Madrid Central contará con dos meses de período de adaptación (o sea hasta el 23 de enero) en los que no se multará, pero sí se enviarán notificaciones a domicilio. Al principio el control será manual e informativo y más tarde se instalarán cámaras de tráfico. Habrá señalización en todo el perímetro de la zona, marcado con doble línea roja, y en los accesos de entrada, con pantallas y pictogramas de Madrid Central. Las sanciones previstas por acceso indebido son las mismas de las existentes para las áreas de Prioridad Residencial, o sea 90 euros, con una reducción del 50% si se paga en el plazo de los primeros 20 días. Los residentes no necesitan comunicar su condición al ayuntamiento para que no les apliquen las restricciones siempre que estén empadronados y dados de alta en la zona SER. En suma, una nueva limitación que se suma a las ya existentes por episodios de alta contaminación (escenarios 2,3,4 y Alerta). Veremos cómo acaba.

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