Entrará en vigor en marzo de 2022
El pasado 2 de diciembre el congreso aprobó por mayoría la reforma de la Ley de Tráfico, una vez pactadas las muy pocas enmiendas, sobre un texto previamente rectificado por el Senado que entrará en vigor a mediados de marzo de 2022, quedando a la satisfacción del propio director general de Tráfico, Pere Navarro, por considerarlo un paso más hacia la “siniestralidad cero”, objetivo europeo para 2050.
En dicho texto no se aumentan las sanciones económicas, pero sí se endurece la retirada de puntos en el carnet de conducir a los conductores, por no llevar o llevarlo mal puesto el cinturón de seguridad, así como el sistema de retención infantil y también el casco en las motos (subiendo de 3 a 4 los puntos quitados por estas infracciones, además de 200 euros de multa).

También se aumenta la sanción de 4 a 6 puntos (y 200 euros) al conductor pillado hablando por el móvil o bien sujetando el móvil aunque no se esté hablando por él o estemos parados en un semáforo. Y también aumentan las sanciones (pasa de 4 a 6 puntos, manteniendo los 200 euros de multa) para aquellos adelantamientos temerarios sin respetar la distancia de seguridad de 1,5 m a usuarios vulnerables (ciclistas, patinetes, etc.).
Hablando de patinetes, la reforma de la Ley de Tráfico los echan de las aceras, aunque no considera su incumplimiento como infracción grave, pasando la patata caliente a los ayuntamientos, que tendrán la potestad de valorarlo como lo consideren. Eso sí, el casco será obligatorio y si se ha consumido alcohol queda totalmente prohibida la conducción de patinete y bicis (pueden ser sometidos a controles en cualquier momento). En cualquier caso, a partir de ahora, todos puntos perdidos se podrán recuperar si en dos años seguidos no se han cometido infracciones.

A destacar que, arrojar a la vía pública objetos que puedan causar incendios o accidentes será multado por 500 euros (y la retirada de 6 puntos del carnet) y llevar en el coche detectores de radares (se usen o no), al igual que llevar el móvil sujeto entre el interior del casco y la cabeza (como hacen algunos motoristas), están sancionadas ahora (ambas infracciones) con 200 euros y 3 puntos. Otra novedad nos la trae el “Alcolock“, un dispositivo que deberán equipar los vehículos dedicados al transporte de pasajeros como obligatorio desde julio de 2022, que impide arrancar el vehículo al detectar que el conductor ha bebido.
Y por último, la “DGT de Pere Navarro”, con el apoyo del PSOE -“su partido“-consigue eliminar el margen de 20 km/h (hasta 110 km/h) la velocidad en vías convencionales, que permitía adelantar a otro vehículo hasta 110 km/h en una carretera limitada a 90 km/h. Superar la velocidad hasta 120 km/h conlleva una multa de 100 euros, y si los rebasamos la sanción sube a 200 euros y ya con retirada de 3 puntos del carnet (adelantar a más de 160 km/h subiría hasta 600 euros y 6 puntos).

Para la DGT actual, “mantener este margen, va contra la seguridad vial” y apostilla, que “España es el único país europeo que aplica este margen” (lo que no es verdad) y además muchas entidades europeas entre ellas Fesvial y el propio Race están en contra de esta supresión peligrosa de velocidad, avisando que “sin este margen los adelantamientos serán mucho más peligrosos“. PP y VOX ven también en esta medida de suspensión un afán recaudatorio, ya que evitaría los recursos a multas en radares de tramo.
