Estado de Alarma: ¿Pueden abrir los talleres y concesionarios?

18 marzo, 2020
G. ROMERO-REQUEJO M.
Cierre recomendado por el Estado de Alarma

La actual crisis sanitaria mundial provocada por el coronavirus ha provocado el cierre masivo de establecimientos comerciales con el objetivo de parar el contagio del virus, entre los que se encuentran talleres y concesionarios, con algunas excepciones.

La Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor (Ganvam) ha emitido un comunicado oficial en el cual recomienda tanto a talleres, concesionarios y compraventas, cerrar sus negocios durante el Estado de Alarma decretado por el Gobierno.

Todos estos establecimientos dedicados a la venta y reparación de vehículos en el territorio nacional deben de cerrar al público los 15 días naturales que ha establecido inicialmente el Gobierno para actuar con la máxima responsabilidad para poder garantizar la salud de todos los ciudadanos.

Por otra parte, Ganvam también considera que hay situaciones excepcionales que se pueden catalogar de «primera necesidad», por lo que mantiene una línea de trabajo abierta con la Administración para que pueda articular las medidas oportunas para que estos negocios puedan atender con seguridad jurídica la asistencia y reparación de vehículos a los que se les permite circular mientras dure la crisis sanitaria. Estos serían los de los servicios sanitarios, los de atención a dependientes o de movilidad reducida, los de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado o los de distribución de alimentos.

Concesionarios cerrados

En el caso de los concesionarios, su patronal Faconauto, alineándose con el resto de países europeos, ha recomendado a través de su presidente Gerardo Pérez Giménez, el cierre de todas las instalaciones de la red oficial de concesionarios dedicadas a la venta y reparación de vehículos en el territorio nacional, acatando las órdenes del Gobierno y comprometiéndose de manera responsable con clientes y empleados para frenar la expansión del COVID-19.

Sin embargo, Faconauto recomienda a los concesionarios que faciliten un servicio de urgencia a través de un número de teléfono habilitado a tal fin, para atender telefónicamente sólo las gestiones en trámite y los servicios de reparación y mantenimiento prioritarios, así como también poder mantener los vehículos de seguridad pública en la carretera.