Madrid aprueba el nuevo Protocolo anticontaminación

22 enero, 2016
G. ROMERO-REQUEJO M.

Se llegará a restringir la circulación por la matrícula

Ayer jueves 21 de enero, el Ayuntamiento de Madrid aprobó el nuevo Protocolo de Medidas a Adoptar Durante Episodios de Alta Contaminación por Dióxido de Nitrógeno (NO2), y que entrará oficialmente en vigor el próximo 1 de febrero de 2016. En él se incluyen cuatro posibles escenarios por episodios de alta contaminación en Madrid, con diferentes medidas a aplicar en la almendra central y la vía de circunvalación M-30.

nube contaminacion Madrid

Este protocolo incentiva la utilización de vehículos de alta ocupación, con tres o más ocupantes, y especialmente los vehículos menos contaminantes —eléctricos, híbridos y de gas licuado de petróleo (GLP) o gas natural comprimido (GNC)—, que quedarán exentos de las restricciones de circulación cuando se activen los escenarios 3 y 4, más restrictivos a la circulación y el aparcamiento en la zona del S.E.R.

– Tras 1 día con superación del nivel de preaviso (más de 180 mg/m3 de NO2 en dos estaciones de una misma zona durante dos horas consecutivas) se activa el ESCENARIO 1: Medidas de promoción del transporte público, medidas informativas 1 (dirigida a la población), y limitación de velocidad a 70 km/h en la M-30 y en los tramos de las carreteras de acceso a Madrid, comprendidas en el interior de la M-40.

– Tras 2 días consecutivos con superación del nivel de preaviso ó 1 día con superación del nivel de aviso (más de 200 mg/m3 de NO2 en dos estaciones de una misma zona durante dos horas consecutivas) se activa el ESCENARIO 2:  además de las medidas anteriores, se adoptan Medidas Informativas 2 (los servicios de salud divulgarán las recomendaciones sanitarias), promoción del transporte público y se prohibe el estacionamiento en el Área del Servicio de Estacionamiento Regulado en el interior de la M‐30, con algunas excepciones (1).

– Tras 2 días consecutivos con superación del nivel de aviso se activa el ESCENARIO 3:  supone, además de las medidas de los escenarios previos, la restricción de la circulación en el interior de la almendra central de Madrid (área interior de la M‐30) del 50% de todos los vehículos (podrán circular en días pares los vehículos cuya matrícula acabe en número par y en días impares aquellos vehículos cuya matrícula acabe en número impar), salvo determinadas excepciones (2).

Además, se recomienda la no circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central (área interior de la M‐30), pudiendo estos vehículos estacionar en las plazas azules del SER, además de en sus paradas habituales, a la espera de viajeros.

Mitsubishi Outlander PHEV Pegatina azul2 (250)

– Tras 3 días consecutivos de nivel de aviso o 1 día de nivel de alerta (se superan los 400 mg/m3 de NO2 en tres estaciones de una misma zona durante tres horas consecutivas) se activa el ESCENARIO 4:  incluye la prohibición de circulación en la propia M‐30 al 50% de todos los vehículos, salvo determinadas excepciones (2) y la restricción de la circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central (área interior de la M‐30). Si persistiera este alto grado de contaminación, podría llegar a prohibirse la circulación totalmente.

Para hacer cumplir los Escenarios 3 y 4 con restricciones excepcionales según la matrícula, la Policía Municipal establecerá controles al objeto de vigilar y denunciar la circulación de vehículos no autorizados. Los Agentes de Movilidad harán controles aleatorios del cumplimiento de la medida en el interior de la almendra central, denunciando en caso de incumplimiento.

Dentro de un año se evaluará la operatividad de las nuevas normas por si fuese necesario cambiar alguna.

(1) Excepciones de vehículos a la prohibición de estacionar en las plazas y horario del SER: titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas y los vehículos que no sean de combustión interna (eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas, así como vehículos eléctricos enchufables y vehículos eléctricos de rango extendido, siempre que hayan obtenido la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid).

(2) Excepciones a la prohibición de circulación en la propia M‐30 al 50% de todos los vehículos: motocicletas, triciclos, ciclomotores, vehículos de alta ocupación (tres personas mínimo), vehículos que dispongan del distintivo “cero emisiones” establecido por la DGT y lo exhiban en lugar visible, vehículos híbridos no enchufables o propulsados con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido.