30 meses para liquidarlos
Desde la Comisión de Fabricantes de Neumáticos y la Asociación Nacional de Distribuidores e importadores de neumáticos recuerdan que los neumáticos menos eficientes (clase «F») en stock, fabricados antes de noviembre, podrán venderse por un plazo máximo de 30 meses.
A partir del 1 de noviembre de 2018, queda prohibida en la Unión Europea la puesta en servicio de neumáticos de turismo y camioneta con etiqueta europea del neumático de clase «F» en resistencia a la rodadura, así como aquellos para camioneta de clase «E» cuyo coeficiente de resistencia a la rodadura sea superior a 9. Sin embargo, las cubiertas de dichas categorías que se encuentren en stock podrán ser comercializadas durante dos años y medio más, a partir de esa fecha. Es decir, aquellos talleres, distribuidores o mayoristas que aún tengan en stock neumáticos calificados como «F» en resistencia a la rodadura, fabricados con anterioridad al 1 de noviembre de 2018 podrán ser puestos a la venta.
Asimismo, conviene aclarar que para los neumáticos de invierno existe una consideración diferente, y en algunos casos si estará permitida la fabricación de este tipo de neumáticos bajo la clasificación F en resistencia a la rodadura. En todo caso, esta prohibición se enmarca dentro del paquete de medidas encaminadas a limitar el uso de los neumáticos menos seguros y eficientes en la Unión Europea, fruto del compromiso del legislador comunitario con la protección de los consumidores y del medio ambiente, estableciendo diversas restricciones en dicho Reglamento (CE) nº661/2009, la mayoría ya en vigor, o a punto de hacerlo.
La prohibición de comercializar en el territorio de la UE los neumáticos menos eficientes persigue mejorar la calidad del aire que respiramos ya que la resistencia a la rodadura supone casi el 20% del consumo de combustible (y de las emisiones de CO2 a la atmósfera) de los vehículos, lo que además se traduce en un ahorro monetario en el gasto. Es por ello que hay que recalcar que todos los neumáticos no son iguales, ni contribuyen de la misma manera en la consecución de dichos objetivos. Para ello se creó la etiqueta del neumático, una catalogación concebida para informar al consumidor sobre las diferentes prestaciones de los nuevos neumáticos en función de aliado a la hora de elegir neumáticos
Hablando de neumáticos, solo es posible cumplir con los objetivos marcados por la legislación europea, tanto en el plano de la seguridad, como en el de la reducción de las emisiones de CO2 y la disminución del ruido de rodadura, si nos apoyamos en una herramienta clave como la Etiqueta del Neumático (en vigor desde 2012), un sistema concebido para informar al consumidor sobre las diferentes prestaciones de los nuevos neumáticos que va a adquirir,, tanto desde el punto de la eficiencia energética como el de la seguridad.
Aclaración a los actores implicados
Desde ADINE, la Asociación Nacional de Distribuidores e importadores de neumáticos, quieren informar de que en la transcripción de la versión española del Reglamento citado anteriormente, se ha omitido el apartado 9 del artículo 13, el cual fija el cómputo de moratoria de 30 meses, a partir del 1 de noviembre de 2018 para los neumáticos de clase C1 y C2, que engloba a los neumáticos de turismo (C1) con los límites a la resistencia a la rodadura en fase 2 (10,5 kg/tonelada) y camioneta (C2) de la clase «E» con los límites de la resistencia a la rodadura en fase 2 (9,0 kg/tonelada).
Esto supone que todos los neumáticos producidos a partir de esa fecha, deben llevar marcado 02XXXXS2WR2 (donde 02 es la enmienda, XXXX es la contraseña propia del tipo de neumático, S2 indica que cumple fase 2 de ruido, W cumple adherencia en mojado y R2 fase 2 de resistencia a la rodadura). Y por el contrario, los neumáticos que se encuentren en stock y lleven marcado R1 en fase de resistencia a la rodadura tendrán una moratoria de 30 meses a partir del 1 de noviembre de 2018, puediendo seguir siendo vendidos hasta el 1 de mayo de 2021.